Demanda laboral por despido injustificado
Cuando el empleador invoca una causal que después no logra acreditar en juicio, el tribunal declara el despido injustificado y ordena pagar las indemnizaciones con un recargo que va del 30% al 100%, según cuál haya sido la causal invocada.
El plazo para demandar es de 60 días hábiles desde la separación, ampliable a 90 si primero reclamaste ante la Inspección del Trabajo. Es un plazo fatal: vencido, la acción se pierde aunque tengas toda la razón. Por eso lo primero que revisamos es la fecha.
Cobro de finiquito, sueldos y horas extra
El finiquito debe pagarse dentro de los diez días hábiles siguientes al término del contrato. Si no se paga, o si se paga incompleto, procede demandar el cobro de las sumas adeudadas más el feriado proporcional, las horas extraordinarias no pagadas, las comisiones pendientes y los reajustes e intereses del artículo 63 del Código del Trabajo.
Es la materia con mayor tasa de acuerdo temprano, porque el monto suele ser líquido y fácil de determinar. Muchos casos se cierran en conciliación sin llegar a juicio.
Acoso laboral y Ley Karin
Desde la entrada en vigencia de la Ley 21.643, toda empresa está obligada a investigar las denuncias de acoso laboral, acoso sexual y violencia en el trabajo, y a adoptar medidas de resguardo desde que toma conocimiento de los hechos. La investigación debe concluir dentro de 30 días hábiles.
Si la situación se hace insostenible, el trabajador puede poner término al contrato por incumplimiento grave del empleador, con derecho a indemnización y recargo. La acción de tutela de derechos fundamentales vence a los 60 días hábiles.
Cotizaciones previsionales impagas
Si al momento del despido tus cotizaciones no estaban íntegramente pagadas, opera lo que se conoce como nulidad del despido o Ley Bustos: el empleador queda obligado a seguir pagando tus remuneraciones desde la fecha del despido hasta que convalide el término del contrato enterando todo lo adeudado.
Conviene revisar el certificado de cotizaciones de tu AFP antes de firmar cualquier finiquito. Es frecuente que se descuenten de la liquidación sin ser enteradas.
Fiscalizaciones y multas de la Dirección del Trabajo
Una multa administrativa no es definitiva. Puede pedirse su reconsideración en sede administrativa y, sobre todo, reclamarse judicialmente ante el juzgado de letras del trabajo dentro de 15 días hábiles desde la notificación. Ese plazo es fatal y se pierde con enorme frecuencia por desconocimiento.
En microempresas y pequeñas empresas, además, procede la sustitución de la multa por capacitación o por la corrección de las infracciones detectadas.
Subcontratación y responsabilidad solidaria
Bajo la Ley 20.123, la empresa principal responde solidaria o subsidiariamente por las obligaciones laborales y previsionales de sus contratistas. En la práctica, esto significa que una demanda de trabajadores de un tercero puede terminar cobrándose a tu empresa.
La defensa central es preventiva: ejercer el derecho de información y de retención, exigir los certificados F30 y F30-1 al día y auditar periódicamente a los contratistas. Actuar antes de la demanda reduce la exposición de forma sustantiva.
Modelo de prevención de delitos, Ley 21.595
La Ley de Delitos Económicos amplió el catálogo de delitos y endureció la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Contar con un modelo de prevención efectivamente implementado dejó de ser un trámite formal para transformarse en una defensa concreta ante una eventual imputación.
El modelo solo sirve si está operando antes del hecho: implementarlo después de la denuncia no produce efecto exculpatorio alguno.
Protocolos Ley Karin e investigaciones internas
Toda empresa debe tener un protocolo de prevención del acoso incorporado a su reglamento interno y un procedimiento de investigación que cumpla el estándar legal. Una investigación mal conducida expone a la empresa tanto frente a la denunciante como frente al denunciado.
Conducimos investigaciones internas como terceros imparciales, con informe fundado, y capacitamos a las jefaturas para que la prevención no quede solo en el papel.
Oficina Santiago
Atendemos en Av. La Dehesa 1500, Lo Barnechea, Región Metropolitana, con cita previa. Litigamos ante los Juzgados de Letras del Trabajo de Santiago y las Cortes de Apelaciones de la Región Metropolitana, además de representar a clientes ante las Inspecciones Comunales del Trabajo.
Oficina Concepción
Atendemos en Av. Arturo Prat 199, oficina 703, Torre B, Concepción, Región del Biobío. Cubrimos la provincia y las comunas del Gran Concepción, con experiencia en materias laborales de faena, contratistas e industria.
Si estás en otra región, atendemos por videollamada en todo Chile y litigamos en el tribunal que corresponda a tu domicilio o al lugar donde prestaste servicios. Analiza tu caso aquí o escríbenos por WhatsApp.